Matrimonio Civil en Venezuela: Requisitos

Matrimonio civil es la unión conyugal que crea un vínculo entre dos personas con derechos y obligaciones y se formaliza ante las autoridades civiles (registro civil, administración pública, jueces o autoridades municipales).

Para casarse  por civil los futuros contrayentes deberán dirigirse a la Oficina o Unidad de Registro Civil correspondiente y consignar los requisitos que aquí señalan a los fines de conformar el expediente esponsalicio, una vez conformado se fijará la fecha de celebración del matrimonio.

Requisitos para casarse por civil

  • Venezolano (a)  que habite en el territorio nacional.
  • Carta de Residencia de por lo menos uno de los contrayentes, expedida por la Dirección de Justicia Municipal, para dejar constancia de que vive en la parroquia donde desea contraer matrimonio.
  • Original y copia de las cédulas de identidad de los contrayentes.
  • Copia certificada de las partidas de nacimiento de los contrayentes (vigentes).
  • Copia de la cédula de identidad de dos testigos.
  • Carta de soltería notariada.
  • Si alguno de los contrayentes es viudo o divorciado, debe presentar copia del acta de defunción o de la sentencia de divorcio, en lugar de la carta de soltería.
  • Si alguno de los contrayentes tiene hijos menores de edad, consignar la curatela.
  • Fijar carteles ocho días antes de la celebración del matrimonio.
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Nota:

  • Si el matrimonio se celebra por el Art. 70, para legalizar una unión de hecho (concubinato) no requiere la fijación de carteles.
  • Si el matrimonio se celebra fuera de la sede de la jefatura, deberá cancelar un tributo por el servicio de traslado.


En caso de requerir otra información, diríjase a la Oficina o Unidad de Registro Civil más cercana a su residencia.

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